Plan libertador de los hijos del Estado de Morelos, afiliados al Ejército Insurgente que defiende el cumplimiento del Plan de San Luis, con las reformas que ha creído conveniente aumentar en beneficio de la Patria Mexicana.
Los que subscribimos, constituidos en Junta Revolucionaria para sostener y llevar a cabo las promesas que hizo la Revolución de 20 de noviembre de 1910, próximo pasado, declaramos solemnemente ante la faz del mundo civilizado que nos juzga y ante la Nación a que pertenecemos y amamos, los propósitos que hemos formulado para acabar con la tiranía que nos oprime y redimir a la Patria de las dictaduras que se nos imponen las cuales quedan determinadas en el siguiente Plan:
1º. Teniendo en consideración que el pueblo mexicano, acaudillado por don Francisco I. Madero, fue a derramar su sangre para reconquistar libertades y reivindicar derechos conculcados, y no para que un hombre se adueñara del poder, violando los sagrados principios que juró defender bajo el lema de “Sufragio Efectivo y No Reelección,” ultrajando así la fe, la causa, la justicia y las libertades del pueblo; teniendo en consideración que ese hombre a que nos referimos es don Francisco I. Madero, el mismo que inició la precitada revolución, el que impuso por norma gubernativa su voluntad e influencia al Gobierno Provisional del ex Presidente de la República licenciado Francisco L. de la Barra, causando con este hecho reiterados derramamientos de sangre y multiplicadas desgracias a la Patria de una manera solapada y ridícula, no teniendo otras miras, que satisfacer sus ambiciones personales, sus desmedidos instintos de tirano y su profundo desacato al cumplimiento de las leyes preexistentes emanadas del inmortal Código de 57 escrito con la sangre de los revolucionarios de Ayutla.
Teniendo en cuenta: que el llamado Jefe de la Revolución Libertadora de México, don Francisco I. Madero, por falta de entereza y debilidad suma, no llevó a feliz término la Revolución que gloriosamente inició con el apoyo de Dios y del pueblo, puesto que dejó en pie la mayoría de los poderes gubernativos y elementos corrompidos de opresión del Gobierno dictatorial de Porfirio Díaz, que no son, ni pueden ser en manera alguna la representación de la Soberanía Nacional, y que, por ser acérrimos adversarios nuestros y de los principios que hasta hoy defendemos, están provocando el malestar del país y abriendo nuevas heridas al seno de la Patria para darle a beber su propia sangre; teniendo también en cuenta que el supradicho señor don Francisco I. Madero, actual Presidente de la República, trata de eludirse del cumplimiento de las promesas que hizo a la Nación en el Plan de San Luis Potosí, siendo las precitadas promesas postergadas a los convenios de Ciudad Juárez; ya nulificando, persiguiendo, encarcelando o matando a los elementos revolucionarios que le ayudaron a que ocupara el alto puesto de Presidente de la República, por medio de las falsas promesas y numerosas intrigas a la Nación.
Teniendo en consideración que el tantas veces repetido Francisco I. Madero, ha tratado de ocultar con la fuerza bruta de las bayonetas y de ahogar en sangre a los pueblos que le piden, solicitan o exigen el cumplimiento de sus promesas en la Revolución, llamándoles bandidos y rebeldes, condenándolos a una guerra de exterminio, sin conceder ni otorgar ninguna de las garantías que prescriben la razón, la justicia y la ley; teniendo en consideración que el Presidente de la República Francisco I. Madero, ha hecho del Sufragio Efectivo una sangrienta burla al pueblo, ya imponiendo contra la voluntad del mismo pueblo, en la Vicepresidencia de la República, al licenciado José María Pino Suárez, o ya a los gobernadores de los Estados, designados por él, como el llamado general Ambrosio Figueroa, verdugo y tirano del pueblo de Morelos; ya entrando en contubernio escandaloso con el partido científico, hacendados-feudales y caciques opresores, enemigos de la Revolución proclamada por él, a fin de forjar nuevas cadenas y seguir el molde de una nueva dictadura más oprobiosa y más terrible que la de Porfirio Díaz; pues ha sido claro y patente que ha ultrajado la soberanía de los Estados, conculcando las leyes sin ningún respeto a vida ni intereses, como ha sucedido en el Estado de Morelos y otros conduciéndonos a la más horrorosa anarquía que registra la historia contemporánea. Por estas consideraciones declaramos al susodicho Francisco I. Madero, inepto para realizar las promesas de la revolución de que fue autor, por haber traicionado los principios con los cuales burló la voluntad del pueblo y pudo escalar el poder; incapaz para gobernar y por no tener ningún respeto a la ley y a la justicia de los pueblos, y traidor a la Patria por estar a sangre y fuego humillando a los mexicanos que desean libertades, a fin de complacer a los científicos, hacendados y caciques que nos esclavizan y desde hoy comenzamos a continuar la Revolución principiada por él, hasta conseguir el derrocamiento de los poderes dictatoriales que existen.
2º. Se desconoce como Jefe de la Revolución al señor Francisco I. Madero y como Presidente de la República por las razones que antes se expresan, procurándose el derrocamiento de este funcionario.
3º. Se reconoce como Jefe de la Revolución Libertadora al C. general Pascual Orozco, segundo del caudillo don Francisco I. Madero, y en caso de que no acepte este delicado puesto, se reconocerá como jefe de la Revolución al C. general don Emiliano Zapata.
4º. La Junta Revolucionaria del Estado de Morelos manifiesta a la Nación, bajo formal protesta, que hace suyo el plan de San Luis Potosí, con las adiciones que a continuación se expresan en beneficio de los pueblos oprimidos, y se hará defensora de los principios que defienden hasta vencer o morir.
5º. La Junta Revolucionaria del Estado de Morelos no admitirá transacciones ni componendas hasta no conseguir el derrocamiento de los elementos dictatoriales de Porfirio Díaz y de Francisco I. Madero, pues la Nación está cansada de hombres falsos y traidores que hacen promesas como libertadores, y al llegar al poder, se olvidan de ellas y se constituyen en tiranos.
6º. Como parte adicional del plan que invocamos, hacemos constar: que los terrenos, montes y aguas que hayan usurpado los hacendados, científicos o caciques a la sombra de la justicia venal, entrarán en posesión de esos bienes inmuebles desde luego, los pueblos o ciudadanos que tengan sus títulos, correspondientes a esas propiedades, de las cuales han sido despojados por mala fe de nuestros opresores, manteniendo a todo trance, con las armas en las manos, la mencionada posesión, y los usurpadores que se consideren con derechos a ellos, lo deducirán ante los tribunales especiales que se establezcan al triunfo de la Revolución.
7º. En virtud de que la inmensa mayoría de los pueblos y ciudadanos mexicanos no són más dueños que del terreno que pisan sin poder mejorar en nada su condición social ni poder dedicarse a la industria o a la agricultura, por estar monopolizadas en unas cuantas manos, las tierras, montes y aguas; por esta causa, se expropiarán previa indemnización, de la tercera parte de esos monopolios, a los poderosos propietarios de ellos a fin de que los pueblos y ciudadanos de México obtengan ejidos, colonias, fundos legales para pueblos o campos de sembradura o de labor y se mejore en todo y para todo la falta de prosperidad y bienestar de los mexicanos.
8º. Los hacendados, científicos o caciques que se opongan directa o indirectamente al presente Plan, se nacionalizarán sus bienes y las dos terceras partes que a ellos correspondan, se destinarán para indemnizaciones de guerra, pensiones de viudas y huérfanos de las víctimas que sucumban en las luchas del presente Plan.
9º. Para ejecutar los procedimientos respecto a los bienes antes mencionados, se aplicarán las leyes de desamortización y nacionalización, según convenga; pues de norma y ejemplo pueden servir las puestas en vigor por el inmortal Juárez a los bienes eclesiásticos, que escarmentaron a los déspotas y conservadores que en todo tiempo han querido imponernos el yugo ignominioso de la opresión y el retroceso.
10º. Los jefes militares insurgentes de la República que se levantaron con las armas en las manos a la voz de don Francisco I. Madero, para defender el Plan de San Luis Potosí y que se opongan con fuerza al presente Plan, se juzgarán traidores a la causa que defendieron y a la Patria, puesto que en la actualidad muchos de ellos por complacer a los tiranos, por un puñado de monedas o por cohechos o soborno, están derramando la sangre de sus hermanos que reclaman el cumplimiento de las promesas que hizo a la Nación don Francisco I. Madero.
11º. Los gastos de guerra serán tomados conforme al artículo XI del Plan de San Luís Potosí, y todos los procedimientos empleados en la Revolución que emprendemos, serán conforme a las instrucciones mismas que determine el mencionado Plan.
12º. Una vez triunfante la Revolución que llevamos a la vía de la realidad, una junta de los principales jefes revolucionarios de los diferentes Estados, nombrará o designará un Presidente interino de la República, que convocará a elecciones para la organización de los poderes federales.
13º. Los principales jefes revolucionarios de cada Estado, en junta, designarán al gobernador del Estado, y este elevado funcionario, convocará a elecciones para la debida organización de los poderes públicos, con el objeto de evitar consignas forzosas que labren la desdicha de los pueblos, como la conocida consigna de Ambrosio Figueroa en el Estado de Morelos y otros, que nos condenan al precipicio de conflictos sangrientos sostenidos por el dictador Madero y el círculo de científicos hacendados que lo han sugestionado.
14º. Si el presidente Madero y demás elementos dictatoriales del actual y antiguo régimen, desean evitar las inmensas desgracias que afligen a la patria, y poseen verdadero sentimiento de amor hacia ella, que hagan inmediata renuncia de los puestos que ocupan y con eso, en algo restañarán las graves heridas que han abierto al seno de la Patria, pues que de no hacerlo así, sobre sus cabezas caerán la sangre y anatema de nuestros hermanos.
15º. Mexicanos: considerad que la astucia y la mala fe de un hombre está derramando sangre de una manera escandalosa, por ser incapaz para gobernar; considerad que su sistema de Gobierno está agarrotando a la patria y hollando con la fuerza bruta de las ballonetas nuestras instituciones; así como nuestras armas las levantamos para elevarlo al Poder, las volvemos contra él por faltar a sus compromisos con el pueblo mexicano y haber traicionado la Revolución iniciada por él; no somos personalistas, ¡somos partidarios de los principios y no de los hombres!
Pueblo mexicano, apoyad con las armas en las manos este Plan, y hareis la prosperidad y bienestar de la Patria.
Libertad, Justicia y Ley. Villa de Ayala, , Estado de Morelos, 28 de noviembre de 1911.
FIRMARON
Generales: General Emiliano Zapata, General Otilio E. Montaño, General José Trinidad Ruíz, General Eufemio Zapata, General Jesús Morales, General Próculo Capistrán, General Francisco Mendoza.
Coroneles: Amador Salazar, Agustín Cázares, Rafael Sánchez, Cristobal Domínguez, Fermín Omaña, Pedro Salazar, Emigdio E. Marmolejo, Pioquinto Galis, Manuel Vergara, Santiago Aguilar, Clotilde Sosa, Julio Tapia, Felipe Vaquero, Jesús Sánchez, José Ortega, Gonzalo Aldape, Alfonso Morales, Petronilo Campos.
Capitanes: Manuel Hernández, Feliciano Domínguez, José Pineda, Ambrosio López, Apolinar Adorno, Porfirio Cázares, Antonio Gutiérrez, Odilón Neri, Arturo Pérez, Agustín Ortíz, Pedro Valbuena Herrero, Catarino Vergara, Margarito Camacho, Serafín Rivera, Teófilo Galindo, Felipe Torres, Simón Guevara, Avelino Cortés, José María Carrillo, Jesús Escamilla,, Florentino Osorio, Camerino Menchaca, Juan Esteves, Francisco Mercado, Sotero Guzmán, Melesio Rodríguez, Gregorio García, José Villanueva, L. Franco, J. Estudillo, F. Galarza González, F. Caspeta, P. Campos.
Teniente: Alberto Blumenkron.
PLAN DE GUADALUPE - VENUSTIANO CARRANZA 26 DE MARZO DE 1913.
Plan de Guadalupe (Español: Plan de Guadalupe) era un documento bosquejado encendido 23 de marzo, 1913 por Venustiano Carranza en respuesta al derrocamiento y a la ejecución de Francisco I. Madero, entonces Presidente de México. Fue proclamado formalmente tres días después 26 de marzo en Carranza hacienda.
El derrocamiento de Madero era el trabajo de Victoriano Huerta, que era general superior de Madero y había echado a un lado con las fuerzas de la oposición durante Revolución mexicana. El documento acusa Huerta de restaurar una dictadura y de confiarla traición ejecutándose Constitucional líder de México (durante trágica del decena).
Había siete porciones a este plan que quitó cualquier demanda del gobierno de Huerta de la legitimidad pudo haber tenido, las energías reinstaladas del gobierno en los funcionarios leales a Madero, y haber anunciado una llamada para las elecciones una vez que la paz hubiera sido restaurada al país.
El plan fue suscrito por a tales figuras principales en la revolución como Chalet de Pancho, Álvaro Obregón, Emiliano Zapata, y Felipe Ángeles.
26 DE MARZO DE 1913
Manifiesto a la nación que considera a ese general Victoriano Huerta, a quien el presidente constitucional Don Francisco I. Madero había confiado en la defensa de las instituciones y de la legalidad de su gobierno, al echar a un lado con los enemigos que rebelaron contra ese mismo gobierno, para restaurar la dictadura más última, confió el crimen de la traición a la escala en energía, arrestando al presidente y al vice presidente, así como sus ministros, el exigir de ellos por medios violentos de renunciar sus postes, que es verificado por los mensajes que el mismo general Huerta enviado a los gobernadores de los estados que se comunican a ellos que él había tomado a preso los magistrados supremos de la nación y de su gabinete. Considerando que las energías legislativas y judiciales a pesar de los leyes y de las reglas constitucionales han reconocido y general protegido Victoriano Huerta y sus procedimientos ilegales y unpatriotic, y considerando, finalmente, que algunos gobiernos de los estados de la unión han reconocido el gobierno ilegítimo impuso por esa parte del ejército que realizó la traición, dirigida por el mismo Huerta general, a pesar de violar la soberanía de esos estados, que gobernadores deben haber sido los primeros para no reconocerlo, los suscriptores siguientes, los jefes y los oficiales que ordenaban las fuerzas constitucionales, han convenido y sostendrá con los brazos el siguiente: PLAN
1- No reconocen a general Victoriano Huerta como presidente de la república.
2- Las energías legislativas y judiciales de la federación también no se reconocen.
3- Los gobiernos de los estados que todavía reconocen las energías federales que forman la actual administración, también no se reconocen treinta días después de la publicación de este plan.
4- Para la organización del ejército confiado con satisfacer nuestras intenciones, nombramos como primero jefe del ejército que será denominado Constitutionalist, el ciudadano Venustiano Carranza, gobernador del estado de Coahuila.
5- Cuando Ejército de Constitutionalist ocupa Ciudad de México, el ciudadano Venustiano Carranza, primer jefe del ejército, estará en la carga del interino de la energía ejecutiva, o quienquiera lo habría substituido en comando.
6- El presidente del interino de la república llamará para las elecciones generales tan pronto como la paz se haya consolidado, entregando energía al ciudadano se elige que.
7- El ciudadano que actúa como primero jefe del ejército de Constitutionalist en los estados que gobiernos han reconocido el de Huerta, asumirá comando como gobernador provisional y llamará para las elecciones locales, después tomando a posesión de sus postes los ciudadanos que son elegidos para realizar las energías de la federación, según lo llamado para por la regla anterior.
PLAN DE AGUA PRIETA - ALVARO OBREGON 23 ABRIL DE 1920.
I. Que la Soberanía Nacional reside esencial y originariamente en el pueblo: que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para su beneficio, y que la potestad de los mandatarios públicos es únicamente una delegación parcial de la soberanía popular, hecha por el mismo pueblo.
II. Que el actual Presidente de la República, C. Venustiano Carranza, se había constituído Jefe de un partido político, y persiguiendo el triunfo de ese partido ha burlado de una manera sistemática del voto popular; ha suspendido, de hecho las garantías individuales; ha atentado repetidas veces contra la soberanía de los Estados y ha desvirtuado radicalmente la organización de la República.
III. Que los actos y procedimientos someramente expuestos constituyen, al mismo tiempo, flagrantes violaciones a nuestra ley suprema, delitos graves del orden común y traición absoluta a las aspiraciones fundamentales de la Revolución Constitucionalista.
IV. Que habiendo agotado todos los medios pacíficos para encauzar los procedimientos del repetido Primer Mandatario de la Federación por las vías constitucionales, sin haberse logrado tal finalidad, ha llegado el momento de que el pueblo mexicano arma toda su soberanía, revocando el imperio absoluto de sus instituciones y de sus leyes. En tal virtud, los suscritos, ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de nuestros derechos políticos, hemos adoptado en todas sus partes y protestamos sostener con entereza, el siguiente:
Plan Orgánico del Movimiento Reivindicador de la Democracia y de la Ley.
Art. I. Cesa en el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Federación el C. Venustiano Carranza.
Art. II. Se desconoce a los funcionarios públicos cuya investidura tenga origen en las últimas elecciones de Poderes Locales verificadas en los Estados de Guanajuato, San Luis Potosí, Querétaro, Nuevo León y Tamaulipas.
Art. III. Se desconoce asimismo el carácter de Consejales del Ayuntamiento de la ciudad de México a los CC. Declarados electos
con motivo de los últimos comicios celebrados en dicha capital.
Art. IV. Se reconoce como Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit al C. José Santos Godinez.
Art. V. Se reconoce también a todas las demás autoridades legítimas de la Federación y de los Estados. El Ejército Liberal Constitucionalista sostendrá a dichas autoridades siempre que no combatan ni hostilicen el presente movimiento.
Art. VI. Se reconoce expresamente como Ley Fundamental de la República a la Constitución Política del 5 de febrero de 1917.
Art. VII. Todos los generales, jefes, oficiales y soldados que secunden este Plan constituirán el Ejército Liberal Constitucionalista. El actual Gobernador Constitucional de Sonora, C. Adolfo de la Huerta, tendrá interinamente el carácter de Jefe Supremo del Ejército con todas las facultades necesarias para la organización política y administrativa de este movimiento.
Art. VIII. Los gobernadores constitucionales de los Estado que reconozcan y se adhieran a este movimiento en el término de 30 días, a contar de la fecha de la promulgación de este Plan, nombrarán cada uno de ellos un representante debidamente autorizado con objeto de que dichos delegados reunidos a los 60 días de la fecha del presente, en el sitio de que designe el Jefe Supremo Int,. procedan a nombrar en definitiva, por mayoría de votos, el Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista.
Art. IX. Si, en virtud de las circunstancias originadas por la campaña, la Junta de Delegados de los Gobernadores Constitucionales a que se refiere el Art. Anterior no reúne mayoría en la fecha indicada, quedará definitivamente como Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista el actual Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, C. Adolfo de la Huerta.
Art. X. Tan luego como el presente Plan sea adoptado por la mayoría de la Nación y ocupada la ciudad de México por el Ejército Liberal Constitucionalista, se procederá a nombrar un Presidente Provisional de la República, en la forma prevista en los artículos siguientes.
Art. XI. Si el movimiento quedare consumado antes de que termine el actual período del Congreso Federal, el Jefe del Ejército Liberal Constitucionalista, convocará al Congreso de la Unión a sesiones extraordinarias, en el lugar en que pueda reunirse, y los miembros de ambas cámaras elegirán el Presidente Provisional, de conformidad con la Constitución vigente.
Art. XII. Si el caso previsto por el artículo X llegare a presentarse con posterioridad a la terminación del período constitucional de las Cámaras actuales, el Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista asumirá la Presidencia Provisional de la República.
Art. XIII. El Presidente Provisional convocará a elecciones de Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Federación inmediatamente que tome posesión de su cargo.
Art. XIV. El Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista nombrará Gobernadores Provisionales de los Estados de Guanajuato, San Luis Potosí, Querétaro, Nuevo León y Tamaulipas, de los que no tengan Gobernador Constitucional y de todas las demás Entidades Federativas cuyos primeros mandatarios combatan o desconozcan este movimiento.
Art. XV. Consolidado el triunfo de este Plan, el Presidente Provisional autorizará a los Gobernadores Provisionales para que convoquen inmediatamente a elecciones de Poderes Locales de conformidad con las Leyes respectivas.
Art. XVI. El Ejército Liberal Constitucionalista se regirá por la Ordenanza General y Leyes Militares actualmente en vigor en la República.
Art. XVII. El Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista, y todas las autoridades civiles y militares que secunden este Plan impartirán garantías a nacionales y extranjeros y protegerán muy especialmente el desarrollo de la industria, del comercio y de todos los negocios.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Agua Prieta, abril 23 de 1920.